Pensión para parejas fuera
del matrimonio o concubinato
Por. Vinicio Portela Hernández
En lo que puede ser una de las decisiones más importantes para proteger a las mujeres que viven en pareja, sin estar casadas o dentro del concubinato, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió: “que todas las legislaciones estatales de las que se derive la obligación de otorgar una pensión compensatoria a cargo exclusivamente de cónyuges o concubinos, excluyendo a otro tipo de parejas de hecho que al convivir de forma constante generan vínculos de solidaridad y ayuda mutua pero que por algún motivo no cumplen con todos los requisitos para ser considerados como un concubinato, constituye una distinción discriminatoria que coloca a este tipo de parejas en una situación de desprotección.”
















